
ASOCIACION REGIONAL EMPLEADOS DE FARMACIA ZONA NORTE
- Peticionar ante las autoridades Nacionales, Provinciales, Municipales y ante los empleadores en beneficio de sus afiliados.
- Defender y representar a sus afiliados, colectiva e individualmente, en las cuestiones gremiales o de trabajo, ante las autoridades de previsión social, la justicia, empleadores y toda otra actividad del Estado.
- Vigilar las condiciones de trabajo y solicitar su razonable mejoramiento. Velar por el cumplimiento de las leyes de trabajo y seguridad social, promover su aplicación y perfeccionamiento, denunciar las infracciones.
- Propender a la elevación moral, cultural y material de sus afiliado, fomentando el habito de estudio e inculcar el concepto de la responsabilidad, disciplina y respeto.
Esta entidad agrupa al persona profesional técnico, administrativo y de servicio, en relación de dependencia, que desempeñan sus tareas en las farmacias privadas, mutuales, sindicales, de obras sociales, estatales, de cooperativas o de asociaciones similares, que desarrollen su actividad en los siguientes partidos o localidades de la provincia de Buenos Aires: Pergamino, El Socorro, Guerrico, San Nicolás, Ramallo, Villa Ramallo, La Emilia, Conesa, General Rojo, Arrecifes, Perez Millan, San Antonio de Areco, Carmen de Areco, Capitán Sarmiento, Colon, Arroyo Dulce, Salto, Rojas, Ascensión, Chacabuco, Ferre, General Arenales, Juan Bautista Alberdi, Junín, Lincoln, Leandro N. Alem, Los Toldos, Rafael Obligado, Roberts, Vedia, Arribeños, Germania, General pinto.
Los principios de la asociación son los siguientes:
BENEFICIOS DEL SINDICATO
Convenio Colectivo 659/13
Es importante contar con esta herramienta en la cual figuran todos los artículos convenidos con la patronal, los cuales usted debe hacer cumplir en su lugar de trabajo. Artículo 27 – Licencia Anual ordinaria: consulte en el Sindicato los días de vacaciones que le corresponde según la antigüedad con la que Ud. cuenta.
Instituto de Formación y Capacitación
En el art. 22 del presente Convenio se da a conocer la creación de este instituto para lo cual todos los trabajadores de la actividad tengan la posibilidad de realizarlo y ampliar de esta forma sus conocimientos en beneficio del establecimiento de farmacia, como así también el reconocimiento económico una vez obtenido el Título.
ARTICULO 42 DIA DEL TRABAJADOR DE FARMACIA:
El día veintidós (22) de Diciembre de cada año será considerado como feriado nacional, siendo la aplicación de la Ley de Contrato de Trabajo a todos sus efectos. Todo esto sin perjuicio de las disposiciones más favorables a los trabajadores que fijen leyes o decretos provinciales. Los recargos por feriados nacionales se pagarán en aquellos casos en que la Farmacia se encuentre en turno obligatorio.- UNA TRABAJADOR PROTEGIDO EN SUS DERECHOS, PARA UNA SOCIEDAD MAS JUSTA
Turismo Social:
todos los trabajadores afiliados al Sindicato pueden hacer uso de las instalaciones hoteleras con las que cuenta La Federación Argentina de Trabajadores de Farmacia con una tarifa especial y facilidades de pago
Turismo FATFA
Diseñado para el descanso y el disfrute en familia, como meta del turismo social, los Hoteles de FATFA están pensados especialmente para la familia trabajadora de todas las organizaciones gremiales. Por eso también forman parte de la cartilla de turismo sindical de la CGT. La recreación y el descanso son derechos esenciales de los trabajadores cuyo fin es preservar la salud física y mental. Compartir, especialmente en familia, los días de vacaciones es indispensable para su rendimiento cotidiano
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